La ley española permitirá el uso de drones… pero con carnet de piloto

La regulación de los drones (las aeronaves voladoras no tripuladas que se manejan por control remoto o desde un dispositivo como un teléfono o tableta) es un terreno todavía pantanoso, y en países como EEUU está siendo bastante polémico por las restricciones al uso de drones con fines comerciales. En nuestro país, parece que el gobierno no quiere que este sector en auge pierda fuerza por falta de una regulación y se acaba de aprobar una normativa que regula el uso de estas aeronaves.

carnet de drone

La regulación distingue entre drones de menos de 2 kilos, drones de hasta 25 kilos y aeronaves con peso superior a 25 kilos, y básicamente permite usar los drones en vuelos de investigación y desarrollo, extinción de incendios, filmación y actividades de vigilancia, publicidad aérea y operaciones de emergencia, así como búsqueda y salvamento.

Por otro lado, como sucede en la mayoría de países, se prohíbe volar sobre núcleos urbanos, al menos hasta que se lleve a cabo una regulación definitiva que afectará a toda Europa y que posiblemente sirva para puntualizar este apartado.

Según la nueva normativa, los drones de menos de 25 kilos no necesitarán estar inscritos en el registro de aeronaves ni contar con un certificado de aeronavegabilidad. Por otro lado, según parece, todos los drones sin excepción deberán llevar fijada en su estructura una placa identificativa, y los que manejen los aparatos deberán contar con cualquier licencia de piloto, incluyendo la de ultraligero o demostrar de forma fehaciente que disponen de los conocimientos necesarios para obtenerla. Lo que no está claro es si este requerimiento de una licencia afectará a los drones más pequeños que se usan como juguetes tecnológicos como el AR Drone, o el pequeño Rolling Spider de Parrot.

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